[togglegroup][toggle title=»De acuerdo a la Ley de Responsabilidad Ambiental, ¿a partir de cuándo es obligatorio disponer de la garantía financiera?»]En el anexo de la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, por la que se establece el orden de prioridad y el calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales a partir de las cuales será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria, previstas en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental se establece el orden de prioridad para la exigencia de la garantía financiera obligatoria.[/toggle][/togglegroup]
[togglegroup][toggle title=»¿En qué afecta la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados a los productores de residuos peligrosos»]En el artículo 1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, se cita lo siguiente: “Esta Ley tiene por objeto regular la gestión de los residuos impulsando medidas que prevengan su generación y mitiguen los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente asociados a su generación y gestión, mejorando la eficiencia en el uso de recursos…” Por lo tanto, quedan dentro del ámbito de aplicación de la misma tanto los productores de residuos peligrosos como los productores de residuos no peligrosos. [/toggle][/togglegroup]
[togglegroup][toggle title=»¿A partir de qué cantidades una instalación de almacenamiento de productos químicos debe estar inscrita en el registro de establecimientos industriales?»]Las cantidades a partir de las cuales un almacenamiento debe estar inscrito en el registro de establecimientos industriales de instalaciones de almacenamiento se detallan en el artículo 2 del Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE APQ‐1, MIE APQ‐2, MIE APQ‐3, MIE APQ‐4, MIE APQ‐5, MIE APQ‐6 y MIE APQ‐7.[/toggle][/togglegroup]
[togglegroup][toggle title=»Una empresa que como vertido únicamente genera aguas sanitarias, ¿necesita autorización en caso de verter a colector público?»]Toda actividad que realice vertido de aguas a un colector o red de saneamiento, deberá ponerse en contacto con la Entidad propietaria del colector, o encargada de su gestión (Ayuntamiento, Polígono Industrial, Consorcio, etc.) con el fin de informarse de si los vertidos a dicho colector, están regulados por algún tipo de Disposición. En caso afirmativo, deberá solicitar o conseguir la disposición en cuestión, identificar los requisitos que le son de aplicación y establecer las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.[/toggle][/togglegroup]
[togglegroup][toggle title=»¿Qué es una Declaración de envases y embalajes?»]La Declaración Anual de envases y embalajes es un documento en el cual la empresa indica la cantidad total de envases o productos envasados puestos anualmente al mercado cumpliendo con la obligación que establece el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, en su artículo 5. Están obligados a realizar la declaración anual de envases y embalajes aquellos agentes económicos implicados en la cadena de puesta en el mercado, consumo y gestión como residuo, de los envases y residuos de envases.[/toggle][/togglegroup]