Prestige versus BP en el golfo de México
Caso Prestige. La cara.
En junio de 2015 el fiscal del caso Prestige, Álvaro García Ortiz, manifestaba en un curso de la escuela de verano de la Fiscalía Superior de Galicia que no tenía mucha confianza en que el Tribunal Supremo atendiera sus peticiones y aceptara el recurso que presentó contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que absolvió en noviembre de 2013 al capitán del buque, Apostolos Mangouras, de delitos contra el medio ambiente.
El fiscal solicita 4.328 millones de euros de indemnizaciones en concepto de responsabilidad por los daños que provocó la marea negra tras el hundimiento del petrolero en noviembre de 2002. Y la condena del capitán del barco es la única opción para que la operadora y la aseguradora afronten el pago de los daños ocasionados con la póliza de 1.000 millones de dólares que tenían suscrita. En caso de que el Tribunal Supremo desestime los recursos planteados y dé por buena la sentencia de la Audiencia Nacional, no habrá indemnizaciones y a las partes solo les quedará la opción de acudir de forma individual a la vía civil.
El caso Prestige ha sido una más de los casos eternos que tan maña fama le han dado a la justicia española. La instrucción duró nueve años al recaer en un juzgado, el de Corcubión, con escasos medios materiales. Hasta seis jueces investigaron la catástrofe. El juicio se alargó durante nueve meses. Y en noviembre de 2013, coincidiendo con el undécimo aniversario del hundimiento, se dictó la sentencia que absolvía al capitán del barco. Después llegaron los recursos de una veintena de las partes personadas en el caso.
Caso BP en el Golfo de México. La cruz.
Por las mismas fechas en que el fiscal del caso Prestige daba su conferencia, el Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazaba el recurso presentado por las petroleras BP y Anadarko contra las multas impuestas por el vertido del golfo de México de 2010 bajo el amparo de la Ley de Prevención de la Contaminación. Esta sentencia confirmaba el dictamen del Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleáns, emitido en junio de 2014 en el que considera que las dos compañía eran responsables civiles conforme a la Ley de Aguas Limpias.
El 20 de abril de 2010 se produjo una explosión en el pozo Macondo de la plataforma petrolera Deepwater Horizon. El accidente costó 11 vidas y produjo un vertido de 4,2 millones de barriles de petróleo en el Golfo de México, durante más de 87 días, según el gobierno de Estados Unidos. El crudo contaminó gran parte de las costas del golfo de México y provocó importantes daños económicos y al ecosistema marino y costero.
Hasta el momento BP ha tenido que pagar más de 42.000 millones de dólares por el vertido para cubrir el coste de la limpieza, las indemnizaciones y las multas. BP era propietaria del 65 % de Macondo, mientras que el otro 25% era propiedad de Anadarko.
En el verano de 2015 BP ha aceptado pagar una multa ambiental récord de 18.700 millones de dólares para resolver las acciones legales interpuestas por los EE.UU. y varios estados sobre el fatal derrame de petróleo ocurrido en el año 2010 en el Golfo de México. El acuerdo pone fin a todos los litigios entre BP, los Estados y el gobierno de Estados Unidos y permite a la empresa a pagar en más de 18 años.
La compañía pagará 7.100 millones de dólares en concepto de «evaluación de los daños a los recursos naturales», que se destinarán a proyectos de limpieza del medio ambiente relacionados con el derrame. BP fue multada con 5.500 millones de dólares en aplicación de la Ley de Agua Limpia.
Os recomendamos ver una interesante infografía sobre los efectos sobre el medio ambiente, del desastre de la plataforma petrolífera Deepwater Horizon de BP en el Golfo de Méjico, 5 años después de producirse el accidente. Nos da una idea de la dificultad de devolver los recursos naturales afectados a su estado anterior al accidente y el tiempo que pude ser necesario. Desgraciadamente mucho.
También es muy recomendable ver estos vídeos: Where did the oil go?; The Deans List: Five Years After the BP Oil Disaster.
Conclusión.
Está claro que la responsabilidad medioambiental no es la misma en España que en los EEUU. Da la sensación, no de que estamos en otro continente (como así es), sino de que estamos en Universos diferentes.
España acumula un notable historial de desastres ambientales del que hablaremos en próximos posts: derrame del Prestige; riada de lodos tóxicos de Bolidén-Aznalcollar; lodos tóxicos con metales pesados en el embalse de Flix; lindano en Vertederos de Sabiñánigo; balsas de fosfoyesos en la ría de Huelva; estériles de mina en la bahía de Portmán; mareas negras ocasionadas por los barcos petroleros Urquiola, Amoco Cádiz, Mar Egeo, etc; y numerosos incidentes no tan graves.
A ello se unen las amenazas que surgen constantemente: extracción de gas natural no convencional mediante fracking; exploraciones petrolíferas de Repsol en Canarias; etc.
Si a estas alturas alguien duda de que necesitamos una Ley de Responsabilidad Medioambiental aplicada con seriedad y rigor, que ponga el énfasis en la prevención, está claro que es “duro de mollera” o que “oscuros intereses guían su criterio”.
Si los temas relacionados con la responsabilidad medioambiental te interesan y quieres aprender cómo se hace un Análisis de Riesgos Ambientales, cómo se calcula la garantía financiera por responsabilidad medioambiental y quién está obligado a ello, te sugerimos visitar la oferta de cursos on line del Instituto Superior del Medio Ambiente.